Seguros de Hogar para inquilinos
¿Conoces las responsabilidades que soportas al alquilar una vivienda?
Vivir de alquiler conlleva grandes ventajas, pero también responsabilidades. Un seguro de inquilinos cubrirá los daños producidos a la vivienda alquilada de manera involuntaria.
¿Por qué necesito un seguro para inquilinos?
Seguros de hogar para inquilinos en Cantabria
Contratar un seguro de hogar para inquilinos es recomendable para todas aquellas personas que arriendan una propiedad. Es la mejor manera de garantizar los gastos de reparación y otros daños a la vivienda o a tus bienes personales, de acuerdo a lo establecido en la póliza que contrates.
Como contratante, puedes ampliar las coberturas de tu póliza de inquilinos para:
- La estructura de la vivienda que incluya todos los elementos fijos.
- Los daños causados por el agua, entre otros que puedas ocasionar.
- El contenido de la vivienda, que incluye bienes personales de alto coste y otros objetos.
- Defensa jurídica para ti y para quienes residan en tu vivienda.
¿Me conviene contratar un seguro de inquilino?
Si tus bienes personales incluyen equipos informáticos de gran valor u otro tipo de objetos que consideres una inversión (como pueden ser obras de arte), contratar un seguro de inquilino es tu mejor opción.
Un seguro de inquilino te compensará por las pérdidas económicas que se puedan producir tras un incidente en tu vivienda alquilada.
¿Qué aspectos son excluidos de la póliza de hogar para inquilinos?
Generalmente, el seguro de inquilinos excluye totalmente la defensa ante desahucios, además, dan cobertura específicamente al contenido y no los daños a los elementos de la vivienda, ya que esta protección, debe de ser contratada por el propietario de la vivienda, si bien podrías incluirla en tu póliza para una mayor tranquilidad.
Coberturas seguro de hogar para inquilinos
Contenido
Protege todos tus bienes personales frente a incidentes como incendio, robo u otras circunstancias que pudieran afectarlos.
Daños por agua
Te protegerá frente a uno de los problemas más comunes en las viviendas como son las inundaciones, por avería o negligencia.
Daños eléctricos
Cubre los daños que puedan ser ocasionados a tus electrodomésticos o a la vivienda por variaciones en la tensión eléctrica.
Defensa jurídica
Cobertura complementaria que te proporcionará defensa jurídica en caso de reclamaciones por parte de terceros.
Asistencia averías
Es una cobertura complementaria que te permitirá contar con asistencia técnica para resolver las averías que se presenten en tu hogar.
Recuperación de fianza
En caso de incumplimiento por parte del arrendador, al momento de reclamar la fianza, contarás con expertos para tramitar tu reclamación.
Responsabilidad Civil
Te ofrece cobertura en caso de que tú o las personas que viven en tu hogar o tus mascotas, causen daños a terceros o sus propiedades.
Bienes alto precio
Con esta cobertura ampliada podrás asegurar, contra todo riesgo, joyas, obras de arte, equipos informáticos o dinero en efectivo.
Preguntas Frecuentes
No, para contratar un seguro de hogar para inquilino, no es necesario contar con la autorización del propietario del inmueble. El seguro de inquilinos ofrece coberturas diferentes a las del Seguro de Responsabilidad Civil, por lo no has de preocuparte por duplicar garantías.
Con el seguro para inquilinos te proteges a ti y a tus bienes, por lo que es una excelente opción si alquilas una vivienda.
Principalmente al inquilino. Es decir, contratando un seguro de inquilinos, la póliza cubrirá todas tus responsabilidades como arrendatario y te amparará en caso de que el propietario no quiera reintegrarte la fianza.
No, los seguros de Responsabilidad Civil no son obligatorios en este caso, pero debes considerar que, ante daños personales o materiales, deberás responder con tu patrimonio.
No, si contratas un seguro de inquilino, puedes contar con asesoría jurídica si se presentan situaciones de carácter legal, pero no cubrirá el desahucio.
Generalmente, este tipo de seguros cubre
- Defensa y reclamaciones ante el casero.
- Asesoría jurídica extrajudicial
- Traslado legal obligatorio, siempre y cuando no sea por impago y hasta un monto determinado en la póliza.